Para el probable supuesto de que el deudor no se oponga, por parte del Juzgado se dictará un decreto de archivo del monitorio, donde se condene al pago de la cantidad reclamada con la imposición de las costas del procedimiento.
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies